Diferencias entre Cobranza Judicial y Extrajudicial

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La Cobranza en México

En México la forma de recuperación de cartera puede ser por cobranza extrajudicial y judicial.

La cobranza extrajudicial como se anuncia anteriormente son todos aquellos pasos y métodos empleados para la recuperación de un activo sin llegar a una instancia judicial, sin embargo, en caso de proceder ante un Juez para el reconocimiento del adeudo la documentación con la que deberás contar para poder hacer exigible el pago del adeudo es la siguiente (varía según el caso en concreto): 

Para empresas de Servicios

  • Contrato
  • Pedido
  • Entrega del servicio realizado. (Evidencia: desarrollo del servicio, entrega del servicio nombre, fecha, cargo y sello de la empresa que recibe
  • Factura (CFDI)
  • Pedidos, pagos realizados (anteriores)
Lista

Para Industrias

  • Contrato
  •  Pedido
  • Entrega del bien, con nombre, fecha y firma de la empresa que recibe
  • Factura CFDI
  • Pedidos, pagos realizados (anteriores)

Para empresas de Comercio

  • Pedido
  • Entrega el bien, con nombre, fecha, firma de la empresa que recibe y sello
  • Factura CFDI
  • Pedidos, pagos realizados (anteriores)

Para Constructora

  • Contrato
  • Generadores
  • Albúm fotográfico
  • Bitácora
  • Estimaciones
  • Factura CFDI
  • Acta- Entrega – Recepción de la obra
  • Cobros y pagos realizados de la obra

Diferencias entre Cobranza Extrajudicial y Cobranza Judicial

Cobranza Extrajudicial

Cobranza Judicial

  • Se lleva a cabo antes del procedimiento judicial.

  • Hay distintas formas de intentar buscar un acuerdo, a través de llamadas telefónicas, correos electrónicos, cartas, mensajes de texto, visitas a domicilio, etc. 
  • Derivado de las opciones de recuperación se incrementa la posibilidad de llegar a acuerdos que faciliten el cobro de los activos.
  • Se hace exigible el pago ante una instancia judicial.
  • Por medio de un escrito de demanda se solicitará al Juez correspondiente reconozca el adeudo y proceda judicialmente para realizar el pago.
  • Un proceso judicial tardará más tiempo en resolver a quien le asiste el derecho, por ende el pago puede retrasarse, sin embargo, dentro de la cobranza judicial también pueden pactarse convenios que terminen con la litis.

Si tienes dudas, escríbenos: contacto@villaldi.com